Particulares podrán vender carga eléctrica para vehículos ¡en su propia casa! aquí la nueva norma y requisitos

El precio lo establecerá el propio vendedor sin un tope máximo, así lo establece el nuevo reglamento de la Comisión Reguladora de Energía, pero debe cumplir con una serie de normas técnicas y contrato de la CFE.

Particulares podrán vender electricidad, incluso en sus hogares, para la carga de vehículos eléctricos. Esta nueva normativa de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) fue aprobada por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Sin embargo, las actuales gasolineras están en una posición ventajosa para aprovechar este nuevo esquema, y podrían transformarse en centros de movilidad, ofreciendo servicios adicionales como tiendas de conveniencia, recarga de gas natural o LP, y la venta de gasolina, junto con la carga de electricidad para vehículos.

Este nuevo marco regulatorio fue sometido a consulta pública, aprobado por la CRE y será publicado próximamente en el Diario Oficial de la Federación. Por lo tanto, será posible vender electricidad siempre que se haga en propiedad privada, y quien desee hacerlo necesitará un contrato con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Esta apertura tiene la limitante de la disponibilidad energética en México, ya que la conexión simultánea de un millón de vehículos, requiera el 1% en la electricidad disponible en México, lo cual es una cantidad considerablemente grande.

El precio de la electricidad para vehículos eléctricos lo establecerá el propio vendedor sin un tope máximo, así lo establece el nuevo reglamento, pero debe cumplir con una serie de normas técnicas, incluyendo la necesidad de un contrato independiente con la CFE para suministro básico, y cumplir con verificaciones similares a una Norma Oficial Mexicana.

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