
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación volvió a colocar en el centro del debate la imparcialidad judicial, luego de que la ministra Lenia Batres Guadarrama impulsara y defendiera un proyecto que beneficia directamente al ISSSTE, organismo encabezado por su hermano, Martí Batres Guadarrama.
Con una mayoría de seis votos, el máximo tribunal concedió el amparo al ISSSTE contra el cobro de más de 5 mil 810 millones de pesos en créditos fiscales determinados por la Ciudad de México desde 2017, correspondientes a adeudos por impuesto predial, nómina y agua acumulados entre 2009 y 2013. La resolución ordena recalcular el monto, lo que en los hechos reduce la presión financiera sobre el instituto.
El punto más controvertido no fue únicamente el impacto fiscal del fallo, sino la decisión de Lenia Batres Guadarrama de no declararse impedida, pese a su relación directa con el titular del organismo beneficiado. Durante la sesión, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, solicitó aplazar la discusión para revisar información adicional, en línea con la sugerencia de la jefa de Gobierno, Clara Brugada, quien buscaba abrir una vía de negociación. Sin embargo, la ministra rechazó la petición y sostuvo que el asunto debía resolverse de inmediato.
“Creo que es un tema que tiene varios meses aquí en la Corte y hay condiciones para discutirlo y, entonces, yo insistiría en que se quede en la discusión del orden del día de esta sesión”, afirmó.
El contraste se hizo evidente cuando el ministro Irving Espinosa Betanzó sí optó por excusarse, al haber participado previamente como magistrado en la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México que dio origen al litigio. Su impedimento fue avalado por unanimidad, subrayando el estándar que algunos integrantes del pleno consideran necesario para preservar la neutralidad.
En el fondo del proyecto, Lenia Batres Guadarrama argumentó que los inmuebles del ISSSTE están bajo el régimen de dominio público, lo que los exenta del pago de impuestos locales conforme al artículo 122 constitucional, trasladando a la autoridad fiscal la carga de probar lo contrario. Además, advirtió que el cobro tendría consecuencias estructurales para el instituto.

“El cobro que se estaría contabilizando con esta demanda de amparo en contra del Instituto correspondería a 20% (veinte por ciento) del ingreso total por impuesto predial que recibiría la Ciudad de México por el cobro de la totalidad del pago de sus habitantes (que fue estimado en 28 mil 133 millones 789 mil 112 pesos).
“Esto repercutiría gravemente en los servicios de salud, en los que los servicios preventivos, las pensiones y las prestaciones del ISSSTE recurrente, pues vivirían una quiebra, prácticamente, de sus posibilidades de otorgamiento, en virtud de que se trata, pues de una causa de constitucionalidad acreditada”, enfatizó.
La votación también exhibió matices dentro del pleno. La ministra María Estela Ríos fue la única en votar en contra, al considerar que el amparo era improcedente por haberse promovido fuera de tiempo, aunque coincidió con el criterio de fondo. La ausencia de Loretta Ortiz Ahlf redujo el margen de deliberación.











