Jueza del “acordeón” cierra a medios y público la audiencia de Ruffo Appel

La jueza Alejandra Ramírez de la Vega ordenó mantener bajo reserva la audiencia en la que determinará si Ernesto Ruffo Appel y otros siete acusados son procesados por huachicol fiscal, lo que contraviene el sistema oral acusatorio.

La audiencia en la que se definirá la situación jurídica del ex gobernador de Baja California, Ernesto Ruffo Appel, se convirtió en uno de los procedimientos judiciales federales con mayores restricciones para la prensa y el público desde la entrada en vigor del sistema penal acusatorio.

La jueza federal Alejandra Ramírez de la Vega, quien llegó al cargo mediante la reciente elección popular del Poder Judicial, determinó que la diligencia se realice a puerta cerrada, sin acceso para periodistas, observadores ni ciudadanos.

La juzgadora, adscrita al Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, deberá resolver si Ruffo Appel y otros siete imputados son vinculados a proceso por presuntos delitos relacionados con hidrocarburos, delincuencia organizada y contrabando.

La audiencia había sido programada para iniciar a las 17:00 horas de este martes, pero a las 17:45 horas todavía no comenzaba porque no todos los abogados defensores se habían conectado mediante videoconferencia.

La decisión de excluir a medios y público resulta especialmente relevante porque la publicidad de las audiencias constituye uno de los principios centrales del sistema oral acusatorio. Aunque la legislación permite imponer restricciones en asuntos excepcionales, como aquellos que involucren información reservada, seguridad nacional, víctimas vulnerables o datos protegidos, la clausura de una audiencia completa exige una justificación estricta y proporcional.

En este caso, la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada, la FEMDO, solicitó que el procedimiento fuera privado bajo el argumento de que se trata de un asunto de seguridad nacional y de que durante la diligencia podrían divulgarse datos de los imputados que deben permanecer bajo sigilo.

Con base en esa petición, la jueza Ramírez de la Vega acordó desde el viernes pasado mantener cerradas las actuaciones judiciales. El mismo criterio se aplicará durante la audiencia en la que decidirá si existen elementos suficientes para iniciar formalmente un proceso penal contra los ocho acusados.

La reserva no comenzó este martes. La audiencia inicial, iniciada la noche del viernes y concluida hasta la mañana del domingo, también se celebró sin presencia de medios ni público, mediante videoconferencia y durante aproximadamente 32 horas y media.

A esa restricción se sumó otra irregularidad en materia de transparencia: el Órgano de Administración Judicial, el OAJ, no publicó oportunamente en su agenda electrónica la fecha y la hora de la audiencia inicial correspondiente a la causa penal 253/2026.

Mientras otras diligencias sí aparecieron registradas en la página de los centros de justicia penal federal, la audiencia de Ruffo Appel permaneció fuera de la agenda pública durante todo el fin de semana.

La sesión de este martes fue incorporada al sistema electrónico apenas después del mediodía, solamente unas horas antes de su inicio. La publicación tardía redujo todavía más las posibilidades de seguimiento público de un caso que involucra a un ex gobernador, empresarios, agentes aduanales y compañías vinculadas con operaciones portuarias, ferroviarias y comerciales.

Las restricciones contrastan con la apertura que ha existido en procesos judiciales de alto impacto, incluidos juicios contra dirigentes de organizaciones criminales y procedimientos de extradición de importantes capos del narcotráfico.

El hermetismo también genera cuestionamientos porque la jueza Alejandra Ramírez de la Vega ha sido señalada como una de las juzgadoras surgidas de la elección judicial relacionada con los llamados “acordeones”, documentos distribuidos durante el proceso electoral con los nombres de candidatos recomendados para ocupar cargos en tribunales y juzgados.

Aunque esa circunstancia no determina por sí misma la legalidad de sus resoluciones, coloca sus decisiones bajo un escrutinio político adicional, particularmente cuando se trata de un expediente que involucra a un ex gobernador del Partido Acción Nacional y que ha sido utilizado en la narrativa oficial como muestra del combate al huachicol fiscal.

En la audiencia, Ramírez de la Vega resolverá si vincula a proceso a los imputados por un delito en materia de hidrocarburos, delincuencia organizada y contrabando. Los dos primeros ilícitos contemplan la aplicación de prisión preventiva de oficio, por lo que la decisión judicial podría mantener a la mayoría de los acusados privados de la libertad durante el desarrollo del procedimiento.

Además de Ernesto Ruffo Appel, la jueza decidirá la situación jurídica de Ricardo Thompson Navarro, uno de los propietarios de Servicios Portuarios, S.A. de C.V., ex vocal de la empresa Ingemar y relacionado con la compañía de la que Ruffo es socio y fundador.

También deberá pronunciarse sobre José Merino Valdés Cuervo, representante de Dragados y Puertos S.R.L. de C.V. y Servicios Portuarios, S.A. de C.V., empresas que participan como accionistas de Ingemar.

Dentro del mismo expediente se encuentran el agente aduanal Juan Hermilo Chávez Rodríguez y su dependiente autorizado, Luis Antonio Barrientos Juárez.

La resolución incluirá además a Adriana Magali Bárcenas Guillén, accionista y representante de Logística Ferroviaria Fargo, S.A. de C.V., compañía ubicada en la capital de San Luis Potosí.

Los otros imputados son José María de la Peña Ramos y Guillermo de la Peña Rosales, fundadores y accionistas de Internacional de Fundentes, S.A. de C.V., empresa con domicilio en Saltillo, Coahuila.

Los primeros cinco acusados, incluido Ruffo Appel, permanecen recluidos en el Penal Federal del Altiplano. Adriana Magali Bárcenas Guillén se encuentra internada en el Centro de Reinserción Social de Nezahualcóyotl Sur, en el Estado de México.

Por su parte, José María de la Peña Ramos y Guillermo de la Peña Rosales son los únicos imputados a quienes la jueza concedió la medida de prisión domiciliaria.

La discusión sobre la responsabilidad penal de los acusados deberá resolverse con base en los datos de prueba presentados por la FEMDO y los argumentos de las defensas. Sin embargo, la determinación de mantener oculto el procedimiento abre un debate paralelo: si el argumento de la seguridad nacional está siendo utilizado de manera justificada o si se ha convertido en una fórmula para impedir el escrutinio sobre uno de los procesos con mayores repercusiones políticas de los últimos meses.

La secrecía no solamente limita el trabajo de los medios. También impide conocer directamente la solidez de las acusaciones, los argumentos de la defensa, las inconsistencias que pudiera presentar la investigación y las razones concretas que sustenten la resolución judicial.

En un proceso penal de esta dimensión, la transparencia no representa un obstáculo para la justicia. Es una garantía frente al posible uso político de las fiscalías, la manipulación de los expedientes y la actuación discrecional de los nuevos jueces surgidos de la reforma judicial.

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pocket
WhatsApp

Jueza del “acordeón” cierra a medios y público la audiencia de Ruffo Appel